Como muchos de nuestros clientes del ámbito de la Administración Pública sabrán, en el pasado 15 de enero entró en vigor la ley 25/2013 según la cual las facturas de bienes o servicios iguales o superiores a 5.000€ emitidas a este tipo de organismos deberán ser presentadas de manera electrónica, mediante un modelo único de factura (modelo E). La no adaptación a esta ley puede conllevar multas de hasta 10.000€.
Esta ley, además de agilizar los trámites con la administración, permite una reducción del impacto medioambiental de la actividad empresarial, ya que reduce la utilización del papel, tinta, sellos, etc. necesarios para la impresión de las facturas por ambas partes; y, según declaraciones del Gobierno, la creación de este registro de pagos facilitará la lucha contra la morosidad de la Administración, ya que se podrá acceder al listado de facturas pendientes de pago.
En funcionamiento es muy sencillo. Las Administraciones deben darse de alta en FACe , Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado, para acceder a un panel de control donde poder acceder a todas las facturas que los proveedores habremos cargado previamente.
Los clientes que ya estén dados de alta en este sistema, para que comencemos a emitir sus facturas electrónicas, nos tienen que facilitar el denominado DIR 3: el Centro de Gestión, la Unidad Tramitadora y la Oficina Contable.
Ante cualquier duda relacionada con este tema, ya sabéis que estamos para vosotros en los canales de comunicación habituales, os recordamos algunos en la sección Contacto.